Comedores escolares: la Justicia le ordena al Gobierno provincial garantizar una alimentación saludable sin ultraprocesados
El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos falló a favor de un amparo colectivo presentado por familias, docentes y ambientalistas. El fallo exige al Estado erradicar los alimentos con sellos de advertencia en las escuelas y cumplir con la ley provincial de nutrición.

El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos (STJ) emitió un fallo clave que pone bajo la lupa la política de asistencia alimentaria del Estado provincial en los establecimientos educativos dependientes del Consejo General de Educación (CGE). Al hacer lugar parcialmente al recurso de apelación presentado dentro de una acción de amparo, el máximo tribunal entrerriano determinó que la provincia está legalmente obligada a garantizar una dieta saludable para la niñez en el ámbito escolar, lo que implica erradicar de los comedores los productos que contengan octógonos de advertencia nutricional.
La demanda fue impulsada de manera conjunta por un colectivo de padres y madres, la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (AGMER) y la Fundación Cultura Ambiental Causa Ecologista (CAUCE). La presentación judicial cuestionó de forma directa la calidad de los alimentos que el Estado distribuye a los alumnos de las escuelas primarias, señalando la presencia de productos ultraprocesados con etiquetado frontal en los menúes cotidianos.
Límites al Ejecutivo y exigencia de cumplimiento normativo
El tribunal —integrado por las vocales Susana Medina, Claudia Mizawak y el vocal Leonardo Portela— precisó y amplió el alcance de la condena fijada previamente en primera instancia. Los magistrados ratificaron que la responsabilidad gubernamental no se limita únicamente a retirar de las mesas escolares aquellos productos alcanzados por las prohibiciones del artículo 12 de la Ley Nacional de Promoción de la Alimentación Saludable (Nº 27.642).
En su resolución, el STJ remarcó que el Ejecutivo tiene el deber ineludible de adecuar de forma integral la prestación alimentaria a los parámetros de calidad fijados por la Ley Provincial Nº 10.594. Si bien el fallo aclaró que el Poder Judicial no busca sustituir al Poder Ejecutivo en la gestión técnica u organizativa de los comedores, la sentencia deja al descubierto la mora estatal en la aplicación efectiva de la legislación vigente.
El pronunciamiento judicial deja en evidencia la necesidad de un control riguroso sobre las partidas y menúes escolares, obligando a las autoridades a adecuar las políticas públicas para resguardar la salud de los estudiantes por encima de los costos presupuestarios.

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