Advierten que se demora la devolución del IVA y el acceso a otros beneficios fiscales
Pese a estar reglamentado desde abril, la falta de puesta en marcha del sistema informático oficial impide a las PyMEs acceder a los beneficios fiscales de la ley, acumulando demoras en el reintegro de créditos y generando incertidumbre en el sector productivo.

El Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI), normado dentro de la Ley de Modernización Laboral (27.802), enfrenta severas trabas operativas. Aunque se encuentra formalmente vigente tras su reglamentación a mediados de abril de 2026, la Agencia de Regulación y Control Aduanero (ARCA) aún no ha habilitado la plataforma informática requerida para tramitar las exenciones y devoluciones, situación que desata la preocupación de analistas e inversores.
- Falta de plataforma operativa: El régimen requiere del uso del Sistema de Gestión de Inversiones (SGI) como puerta de acceso web. Sin este aplicativo, resulta imposible iniciar cualquier trámite formal.
- Plazos vencidos para la devolución del IVA: Inversiones concretadas en marzo ya cumplieron los tres períodos fiscales mensuales mínimos (abril, mayo y junio) exigidos para solicitar la devolución anticipada del crédito fiscal acumulado.
- Disparidad de estimaciones oficiales: Mientras que analistas del sector estiman que el sistema podría estar listo recién en septiembre, voceros informales del organismo fiscal sugirieron que la habilitación podría concretarse durante los próximos días.

Beneficios fiscales en espera
El bloqueo informático mantiene congelados dos incentivos financieros diseñados para dinamizar el sector de las micro, pequeñas y medianas empresas:
- Devolución anticipada del IVA: Mecanismo de reintegro aplicable tras transcurrir tres períodos fiscales mensuales desde la realización del cómputo del crédito fiscal. Los pisos de inversión exigidos van desde $150.000 USD para microempresas hasta $9.000.000 USD para medianas tramo 2.
- Amortización acelerada en Ganancias: Reduce los plazos de deducción impositiva. Para bienes muebles amortizables en general se fijan dos cuotas anuales, mientras que para proyectos específicos —sistemas de riego, bienes de eficiencia energética, mallas antigranizo y genética reproductora superior— se permite deducir el 100% de la inversión en el primer ejercicio.
El plazo legal de adhesión al RIMI se extiende por dos años, contados desde la entrada en vigencia de la resolución conjunta de ARCA el 19 de mayo de 2026, aunque la efectividad de la medida permanece supeditada a la resolución técnica del organismo recaudador.
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